1. Le presté dinero a un conocido y ahora no quiere pagarme, ¿qué puedo hacer?
R: Si te firmó algún documento que lo respalde, podemos hacerlo valer en la vía judicial que corresponda, particularmente si se trata de un título ejecutivo, pues al traer aparejada ejecución se realiza a través de un juicio que por su naturaleza y características, permite la pronta recuperación del adeudo; de no ser así, podemos iniciar un procedimiento de acuerdo con las condiciones específicas del préstamo. En ambos casos requerimos que el deudor sea localizable y que cuente con bienes con los que pueda responder por la cantidad prestada, nosotros nos encargamos de la búsqueda y diseñamos la mejor estrategia para garantizar el cobro del monto principal, y en su caso, de los intereses ordinarios y/o moratorios.

2. Rento mi casa para habitación y comercios, pero uno de mis inquilinos hace meses que dejó de pagarme la renta porque dice tener derechos de propiedad derivado de la antigüedad que tiene arrendando.
R: Si celebraron un contrato de arrendamiento, podemos exigir el pago de las rentas adeudadas o bien, la desocupación del inmueble, según el número de meses que ha dejado de cumplir con su pago; si no celebraron un contrato o si el mismo está vencido, recuperamos tu posesión de la habitación o local comercial. Evita realizar actos extrajudiciales como cortar los servicios o cambiar cerraduras, pues eso te puede generar un conflicto legal, acércate a VM ABOGADOS donde te ofrecemos un blindaje jurídico que protege en todo momento tus derechos como arrendador.

3. ¿Cómo puedo proteger el nombre y la imagen de mi empresa?
R: Mediante el registro marcario ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el cual te garantiza el uso exclusivo en el territorio nacional por diez años y protege tus derechos para iniciar acciones legales por posible mal uso de tu marca, además de que te facilita el otorgamiento de licencias de uso o franquicias. Contacta a nuestro equipo para recibir la asesoría adecuada y que los distintivos de tu marca sean protegidos en un solo registro.

4. Estoy emprendiendo mi propio negocio, ¿qué necesito para formalizar la venta de mi producto?
R: Sea un producto o servicio, puedes venderlo a través de diversas formas jurídicas, dependiendo de tu giro comercial y si tiene o no fines de lucro, por ejemplo, a través de una Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.) en el primer supuesto, o de una Sociedad Civil (S.C.) en el segundo, e incluso de forma independiente como Persona Física con Actividad Empresarial. En VM ABOGADOS diseñamos el modelo comercial que más se ajuste a tus actividades operativas, así como aquél que más beneficios económicos y fiscales te aporte.

5. ¿Qué puedo hacer si mi esposo falleció y ahora mis hijos quieren sacarme de mi propia casa?
R: En caso de haber contraído matrimonio bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal, el cincuenta por ciento de los bienes de su esposo le corresponden desde el momento del fallecimiento; en caso contrario, a aquéllos con derecho a heredar les corresponde una parte de dichos bienes, por lo que deberá iniciar un proceso intestamentario, o testamentario si es que en vida realizó testamento. En cualquier supuesto, sus hijos no pueden desalojarla de su casa hasta que exista sentencia judicial que así lo ordene, por lo que le invitamos a acudir con nosotros para conocer las circunstancias concretas de su situación y con ello brindarle una asesoría oportuna.

6. Mi ex pareja no me permite ver a mis hijos, ¿de qué forma puedo convivir con ellos?
R: El derecho de convivencia no puede ser coartado por el progenitor custodio, ni siquiera por la falta de pago de la pensión alimenticia del deudor alimentario, de hecho actualmente se ha tipificado como delito y a reserva de iniciar esa acción penal, puede demandar en la vía familiar una controversia para que los derechos y obligaciones tanto de los padres como de los menores, quede debidamente tutelado por la autoridad jurisdiccional competente, pues el derecho de convivencia de las niñas, niños y adolescentes es necesario para su correcto desarrollo psicoemocional y social.

7. Tengo un empleo que constantemente me requiere trasladarme a diversos lugares, quedando durante esos lapsos solamente acceso para el jardinero y la persona que me ayuda con las labores domésticas. En una de esas ocasiones, regresé y al intentar abrir la puerta mi llave ya no correspondía con la chapa, entonces me percaté de que ya estaba habitada por personas que no conozco, y al llamar con el timbre, estas me amenazaron con arma de fuego para que me retirara de mi propiedad y no insistiera en regresar.

R: En este caso se debe proceder tanto por el hecho delictuoso de despojo como por la vía civil para recuperar la posesión del inmueble. En ambos casos es necesario analizar las circunstancias que perfeccionaron la invasión al predio, con el fin de identificar factores agravantes tales como si fueron dos o más personas las que participaron o si existió violencia al tomar el inmueble, de ahí que en VM ABOGADOS ofrecemos la mejor estrategia mediante el trabajo de un equipo multidisciplinario que nos permita conseguir un mismo resultado, en este caso, la desocupación y entrega del bien inmueble al despojado.

8. Alguien ha estado retirando dinero de mi cuenta de cheques, pues en mis estados de cuenta se reflejan diversos cobros en ventanilla, ¿hay forma de recuperar ese dinero?
R: Sí, recuerda que en el momento en que aperturaste tu cuenta de cheques firmaste una “tarjeta muestra” en la que el banco te solicitó de puño y letra tu firma para que en cada cobro de los cheques, el mismo pudiera identificarla, por lo que debes acudir ante el juez competente para que requiera a la institución financiera demuestre que entregó el dinero a quien tenía debido derecho de cobro, pues al estar la tarjeta muestra en su poder se le revierte la carga de la prueba; adicionalmente, te recomendamos que en materia penal busques al responsable de dicho fraude, pues en estos casos es usual que sea una persona cercana a tí quien ha tomado tu chequera y expedido ciertas cantidades al portador.

9. Mi administrador robó dinero de mis cuentas bancarias, me di cuenta porque dejó de pagar servicios que le encomendé y los prestadores comenzaron a requerirme los pagos.
R: Además de configurar el hecho delictuoso por abuso de confianza o de fraude, según las particularidades que rigieron la conducta, se debe realizar un cobro en la vía civil, bien sea a través de una confesión expresa o acreditando con los suficientes medios de prueba la causa que origina el derecho de reclamar el pago. En VM ABOGADOS nos mantenemos a la vanguardia del desarrollo tecnológico con la creciente realización de operaciones por medios electrónicos, lo que nos permite ofrecer a cada uno de nuestros clientes la estrategia que mayormente garantice el cobro de los fondos malversados.

10. Mi patrón cambió de nombre y ahora no quiere reconocer las prestaciones que tenía y tampoco quiere pagármelas, solamente me dio a firmar un nuevo contrato.
R: Si solamente cambió la razón o denominación de la empresa, será necesario realizar una sustitución patronal, pues ese solo hecho no genera la pérdida de tus derechos como trabajador, pero si han cambiado diversas circunstancias, será necesario iniciar una demanda laboral para que ese “nuevo patrón” te reconozca los derechos que ya habías adquirido, por lo que te invitamos a exponernos tu caso concreto para brindarte la asesoría adecuada y más eficaz.

11. Un trabajador abandonó la fuente laboral y ahora demandó a mi empresa por supuesto despido injustificado.
R: Durante el procedimiento debes aportar las pruebas que demuestran que fácticamente abandonó sus labores, pues ten presente que la legislación prevé ciertas prerrogativas en favor de los trabajadores, así que como patrón necesitas una defensa oportuna e integral que te permita desvirtuar la responsabilidad que te atribuye el trabajador. En VM ABOGADOS contamos con los conocimientos y técnicas que exige la práctica legal laboral gracias a nuestros ya diez años de experiencia, contáctanos y deja tu comentario para que podamos asesorarte.